El actual proceso migratorio determinó a que el Estado de Chile efectuara una reformulación de las visas temporarias a contar de abril de 2018. Lo anterior, aplica hasta la entrada en vigencia de la nueva ley de migración; tal hecho, considerando el avance del proceso legislativo, se espera que ocurra a inicios del año 2022, luego de la promulgación efectuada por el Presidente de la República.
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Reformulación de los visados de residencia temporaria
La actual legislación admite una serie de situaciones (vínculos con chilenos o residentes definitivos, profesionales, técnicos y refugiados) en que los turistas pueden cambiar su calidad migratoria a residente estando en Chile, siendo, la más relevante por número de visados otorgados, la que permite al Ministerio del Interior conceder este beneficio de manera discrecional o porque estima que dicha residencia es útil o ventajosa para el país. Tal categoría representa el 71% del total de los visados de residencia otorgados en 2017 por el DEM. Aún más, dentro de dicha categoría, el 74% de dichos visados creados administrativamente, corresponde en forma exclusiva al visado temporario por motivos laborales, vigente desde 2015. En razón de ello, se ha dispuesto la siguiente reformulación de visas temporarias:
Eliminación de visado
Se elimina la posibilidad de solicitar el visado temporario por motivos laborales a contar del día 23 de abril de 2018. Dicha eliminación no afecta la tramitación de los visados temporarios por motivos laborales que hayan sido remitidos vía correo postal al Departamento de Extranjería y Migración o presentados en las Gobernaciones Provinciales respectivas con fecha anterior a la señalada, las que fueron tramitadas y otorgadas conforme a la circular que la regula (Circular N° 7, de marzo 2015 del D.E.M.). Tampoco afectará la vigencia y validez de los visados temporarios por motivos laborales ya otorgados y que se encuentren vigentes a la fecha antes mencionada, conservando en ambos casos sus titulares el derecho a solicitar prórroga por una sola vez o solicitar la permanencia definitiva.
Visa temporaria de oportunidades
Se crea por vía administrativa una Visa Temporaria de Oportunidades, que se deberá solicitar fuera de Chile, orientada a los migrantes de todos los países que quieran venir a nuestro país a emprender y trabajar por hasta 12 meses, prorrogable por una vez. La fecha de implementación acaeció el 1° de agosto de 2018.
Visa temporaria de orientación internacional
Se crea por vía administrativa una Visa Temporaria de Orientación Internacional, que se deberá solicitar fuera de Chile y será otorgada de forma automática por un período de 12 meses, prorrogable por una vez, a aquellos extranjeros que deseen emprender y trabajar en nuestro país y que cuenten con un postgrado en alguna de las mejores universidades del mundo, según ranking que se establecerá en reglamento al efecto. La fecha de implementación ocurrió el 1 de agosto de 2018.
Visa temporaria de orientación nacional
Se crea por vía administrativa una Visa temporaria de Orientación Nacional, que se solicitará en Chile y será otorgada de forma automática por un período de 12 meses, prorrogable por una vez, a aquellos extranjeros que obtengan postgrados en universidades chilenas acreditadas y que deseen emprender y trabajar en nuestro país. La fecha de implementación fue el 1° de agosto de 2018.
Situación de la migración haitiana
Respecto de las personas venidas desde Haití: Homologando la situación de nuestro país con la gran mayoría de los países de América Latina y el Caribe (a excepción de Argentina y Ecuador), se ha determinado:
- Exigir, a contar del 16 de abril de 2018, la obtención de Visado Consular de Turismo Simple con derecho a ingreso y permanencia en Chile en tal calidad por un período máximo de 30 días, a todo ciudadano haitiano que desee ingresar al país con fines de recreo, deportivos o religiosos, sin propósito de inmigración, residencia o desarrollo de actividades remuneradas.
- Paralelamente, y para efectos de regular los flujos de personas y resguardar las condiciones de su movilidad hacia Chile, se establece un Visado Humanitario de Reunificación Familiar para cónyuges, convivientes civiles, hijos menores de edad y mayores que estudien hasta los 24 años, de nacionales haitianos, que no posean antecedentes penales, de 12 meses de duración, prorrogable por una vez, que se regirá por las reglas generales de la visación de residencia temporaria, y con entrada en vigencia el 02 de julio de 2018. Para estos efectos, se autorizará un máximo anual de 10 mil visados humanitarios, los que sólo se podrán solicitaren el consulado chileno en Haití.
Situación migratoria venezolana
Respecto de las personas venidas desde Venezuela: En razón de la crisis democrática por la que actualmente atraviesa Venezuela, y que afecta gravemente a los nacionales de un país que acogió a muchos chilenos que buscaban refugio en sus fronteras, se crea una Visa de Responsabilidad Democrática para los nacionales venezolanos, que no posean antecedentes penales, la que deberá ser solicitada ante la autoridad consular chilena en Venezuela y otorgará un permiso de residencia temporal por un año, prorrogable por una vez. Podrá ser solicitada a contar del 16 de abril de 2018.
Plan de mejoramiento migratorio
Acerca del plan de mejoramiento de la gestión, información y relación con la comunidad migrante del Departamento de Extranjería y Migración, que ya se encuentra en aplicación y contempla una amplia batería de medidas tecnológicas y operacionales para agilizar la tramitación de los permisos y reducir los tiempos de atención presencial y así dar una atención digna y oportuna a los migrantes, para terminar con las colas de espera de varias horas para ser atendidos y la tardanza de casi 11 meses para que se resuelva una permanencia definitiva.
Proceso de regularización extraordinario
Para implementar lo anterior, se requirió integrar a los migrantes irregulares al país y reconocer sus derechos; garantizando sus derechos fundamentales y la mitigación de los riesgos asociados con el movimiento de personas. Es decir, para lograr una migración ordenada, segura y regular.
Este proceso contempla las siguientes características y dispone plazos que se indican:
- Permitió registrar y regularizar a aquellos extranjeros que permanecían en el país en situación irregular y que hayan ingresado a Chile hasta el día 8 de abril de 2018.
- Los extranjeros que hayan ingresado de forma irregular al país, eludiendo el control migratorio, deberán, dentro del plazo de 30 días corridos a contar del 23 de abril de 2018, registrarse y solicitar ante la Subsecretaría del Interior un permiso de residencia temporaria.
- Los extranjeros que residan en el país con permiso de turismo vencido o visación de residencia vencido, deberán, dentro del plazo de 90 días corridos a contar del 23 de abril de 2018, registrarse y solicitar ante la Subsecretaría del Interior un permiso de residencia temporaria.
- También podrán acogerse a esta medida aquellos extranjeros residentes que desarrollen actividades remuneradas sin contar con la autorización migratoria correspondiente; los extranjeros que al 8 de abril de 2018 se encuentren en el país con permiso de turismo vigente; o aquellos extranjeros con una solicitud de visación de residencia o reconsideración actualmente en trámite, los que deberán, dentro del plazo de 90 días corridos a contar del 23 de abril de 2018, registrarse y solicitar ante la Subsecretaría del Interior un permiso de residencia temporaria.
Concluido el proceso de registro y de solicitudes de regularización y partir del 23 de julio de 2018 y hasta el 22 de julio de 2019. la Subsecretaría del Interior procederá a entregar a los solicitantes, si correspondiere, un permiso de residencia temporario, con vigencia de un año, contado desde su estampado en el pasaporte o título de residencia, según corresponda. Al cabo de dicho período el extranjero podrá solicitar el permiso de residencia correspondiente, de acuerdo a la normativa vigente. La residencia temporaria se otorgará en todos los casos en calidad de titular y estará sujeta al pago de un arancel equivalente a noventa dólares de los Estados Unidos de América.
Bibliografía: Dirección del Trabajo. Recuperado el 2 de enero de 2022, de Dirección del Trabajo.